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VerificaciónBoletín Agrario 004

La Red Nacional por la Defensa de la Reforma Agraria reacciona al "libro de la verdad": una guía para que no los engañen con el engaño

Campo cultivado en Nobsa
Fotografía: Agricultura nobsa.JPG · Wikimedia Commons

Frente al capítulo bautizado, sin ninguna modestia, "El engaño de la reforma agraria", queremos hacer algo poco común en este debate: explicar cómo funciona realmente el proceso de entrega de tierras en Colombia. Porque resulta que buena parte de las "irregularidades" que denuncia el informe no son irregularidades. Son, simplemente, los pasos normales de un trámite que toda entrega de tierras debe seguir por ley.

Vamos por partes.

“EL ESTADO ENTREGÓ TIERRAS SIN TÍTULOS” – SPOILER: NO ES ASÍ

La acusación suena grave, casi como si alguien hubiera repartido predios sacados de la manga. La realidad es más burocrática y mucho menos escandalosa: los predios que salen de fondos como la Sociedad de Activos Especiales (SAE) —bienes ligados a la reparación de víctimas o a la lucha contra el crimen organizado— ya tienen una historia jurídica de propiedad detrás. La ley permite transferirlos mediante mecanismos como la enajenación temprana, y sí, después de eso puede venir un proceso de saneamiento jurídico, físico, predial, registral y fiscal. Eso no es una anomalía escondida: es el manual de instrucciones.

CUATRO MOMENTOS DISTINTOS, DISFRAZADOS DE UN SOLO “ESCÁNDALO”

Aquí está el truco de magia del informe: mezclar cuatro etapas jurídicas diferentes —adquisición del predio, ingreso al Fondo Nacional de Tierras, entrega para explotación y adjudicación definitiva— y presentarlas como si fueran la misma cosa fallando al mismo tiempo. No lo son. La Ley 160 de 1994 le da a la autoridad de tierras la facultad de administrar estos bienes y ponerlos a producir en manos de campesinos sin tierra y sujetos de especial protección mientras se completa el proceso. Que un trámite tenga fases no significa que esté roto; significa que se tienen que completar unos pasos.

“PROVISIONALIDAD” NO ES SINÓNIMO DE “ILEGAL”

Llamar "ocupación informal" a una entrega provisional es como llamar allanamiento de morada a que alguien viva de arriendo. La provisionalidad es, precisamente, la figura legal que existe mientras se resuelven el saneamiento, la parcelación y la verificación de requisitos, antes de llegar a la adjudicación. Una vez el predio entra al Fondo Nacional de Tierras, adquiere la naturaleza de bien fiscal destinado a la reforma agraria. Hay respaldo jurídico de sobra; lo que no hay es un atajo mágico que se salte los tiempos que la propia ley exige.

“OCULTARON LAS CIFRAS” — O, MEJOR DICHO, SÍ LAS PUBLICARON

Este es tal vez el punto más fácil de desmontar, porque basta con mirar los datos que el propio informe usa. Durante el gobierno anterior se reportó, de forma diferenciada, cuántas hectáreas se habían entregado materialmente, cuántas estaban registradas ante las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y cuántas seguían en trámite.

Que de cerca de 360.000 hectáreas entregadas alrededor de 97.000 estuvieran registradas no es un ocultamiento: es exactamente lo contrario, es la prueba de que las cifras nunca se presentaron como si fueran lo mismo. A eso se suman más de 150.000 hectáreas que sí llegaron a titulación definitiva en ese periodo. Ocultar algo y publicarlo con categorías separadas son, entendemos, cosas distintas.

“NO SE PUEDE VENDER, ENTONCES NO ES PROPIEDAD REAL”

Bajo esa lógica, tampoco sería "propiedad real" ninguna tierra sujeta a una reserva forestal, a un resguardo indígena o a cualquier otro régimen especial de protección. La imposibilidad de vender de inmediato un predio de reforma agraria no es un defecto del sistema: es el sistema funcionando como fue diseñado. Ese régimen especial existe para proteger la función social de la tierra, evitar que vuelva a concentrarse en pocas manos y garantizar que siga en poder de quienes cumplen los requisitos para tenerla. Medir la reforma agraria por qué tan rápido se puede meter un predio al mercado es, sencillamente, medir con la regla equivocada.

ENTONCES, ¿QUÉ SÍ HAY QUE ARREGLAR?

Si la preocupación real es la litigiosidad, la formalización y la seguridad jurídica en el campo —y debería serlo—, la respuesta no es un informe con titulares alarmantes. Es terminar los procesos que están en curso, garantizar que las adjudicaciones continúen y, por fin, dotar al país de una Jurisdicción Agraria plenamente operativa que resuelva estos conflictos con la especialidad que merecen. De eso sí vale la pena hablar.

ESTIGMATIZAR LA PROTECCIÓN DE LOS SUELOS RURALES: LA NUEVA ESTRATEGIA DEL GOBIERNO CONTRA SU ANTECESOR

De las afirmaciones del informe presentado por el gobierno como en la alocución del vicepresidente respecto a las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (Appa) y la protección de los suelos rurales es clara la intención de estigmatización, lo cual no nos sorprende.

En el discurso oficial se les atribuyen a las APPA facultades que simplemente no tienen, como la prohibición y la restricción a la minería, cuando los instrumentos normativos y la información técnica disponible sobre estas determinantes son claros en lo contrario: no afectan derechos adquiridos, ni situaciones jurídicas consolidadas, como tampoco cambian, ni restringen los usos vigentes de los suelos rurales.

Dicho de otra forma: se le está criticando a una herramienta legal algo que esa herramienta nunca hizo.

Atribuirle a la declaratoria de la figura calificativos de “actuación corrupta” es una clara persecución a las políticas del gobierno anterior y no es la primera vez que esto ocurre. criminalizar la protección de los suelos rurales ya se ha visto en otros escenarios, como la judicialización de 11 campesinos que se oponen a la minería en las áreas de vocación campesina de Jericó. Resulta que defender el suelo del que uno vive también puede terminar en los estrados.

Cabe reiterar que cada Appa declarada tuvo un soporte técnico riguroso consolidado durante años que armonizó la protección ambiental y de los suelos de uso agropecuario. Nada improvisado, nada de última hora. Por eso llama la atención —por decir lo menos— que mientras se estigmatiza esta figura con tanto entusiasmo, en paralelo se avance en la revocatoria improvisada de actos administrativos que desprotegen los páramos, ignorando de paso los análisis técnicos, científicos e investigativos que costó años construir. Al parecer, el rigor técnico solo importa cuando conviene.

MENOS AUXILIO PARA EL QUE ACUMULA Y MÁS IMPULSO PARA EL QUE LA BUSCA

No es cierto que la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario no se haya integrado, afectando las decisiones sobre crédito, garantías y seguros como lo afirma —a través de la IA— el señor Dangond en el “libro de la verdad”. Con corte a mayo de 2026, y comparando ese mismo periodo con el Gobierno de Iván Duque, la colocación de crédito durante el Gobierno de Gustavo Petro en pesos constantes de mayo de 2026 creció un 20%, al pasar de 132,8 billones de pesos durante el Gobierno de Iván Duque a 161,2 billones de pesos durante el Gobierno de Gustavo Petro.

Aunado a lo anterior, las colocaciones en valor según el tamaño del productor registraron los siguientes aumentos: 21% para grandes productores, 10% para medianos productores y 28% para pequeños productores.

Tampoco es cierto que la CNCA afectara las decisiones sobre el crédito de fomento agropecuario. De hecho, la mayor colocación de crédito agropecuario de la historia fue posible, entre otras razones, gracias a las decisiones adoptadas por esta Comisión. Durante el Gobierno de Gustavo Petro y bajo el liderazgo de la ministra Martha Carvajalino como presidenta de la CNCA, se adelantó la mayor transformación normativa del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario desde la expedición de la Ley 16 de 1990.

Gráfico de barras «Crédito de fomento agropecuario otorgado por periodos de Gobierno (primeros 46 meses). Precios constantes: IPC DANE, base may - 2026». Gobierno (2014-2018): $ 75,9 B. Gobierno (2018-2022): $ 132,8 B. Gobierno (2022-2026): $ 161,2 B.

Entre 2024 y 2026, la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario expidió 25 resoluciones que reorientaron la política de financiamiento rural bajo un enfoque de banca de desarrollo, logrando fortalecer el Fondo Agropecuario de Garantías y reglamentar su operación; adoptar los planes anuales de garantías, incentivos y crédito; crear el Programa de Agricultura Campesina, Familiar, Étnica y Comunitaria (ACFEC); modernizar las líneas de transformación productiva; corregir el desbalance operativo entre el redescuento y la cartera sustitutiva, restablecer la función contracíclica del sistema y redefinir el crédito como una herramienta de política pública para canalizar recursos hacia los productores con mayores restricciones de acceso, fortalecer la inversión de largo plazo y alinear el financiamiento rural con los objetivos de transformación productiva, sostenibilidad y justicia territorial del programa de gobierno 2022-2026; crear el Subsistema de Microfinanzas Agropecuarias y Rurales y aprobar el Plan Anual de Microfinanzas; establecer los lineamientos y el Plan Anual de Gestión de Riesgos; y fortalecer los mecanismos de democratización del crédito, inclusión financiera, asociatividad y adaptación al cambio climático.

Seguramente, orientar el crédito agropecuario hacia los pequeños productores, quienes enfrentan mayores barreras de acceso al financiamiento, resulte incompatible con la visión del señor Dangond, reconocido por hacer pasar a grandes latifundistas como pequeños productores para que accedieran al ICR y a garantías de hasta el 80 % a través del FAG de forma fraudulenta engañando al Sistema Nacional de Crédito Agropecuario.

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